Columna Descomplicado/Jorge Robledo
560 mil 520 bots. Esta es la cifra con la que la Consejería Jurídica presentó esta semana una supuesta red digital adversa al Gobierno. Para llegar a ella, el estudio difundido en “Derecho de Réplica” partió de 98 “cuentas semilla” y trazó una cadena que comienza con medios, periodistas y analistas que supuestamente “originan y legitiman” narrativas, pasa por actores políticos y cuentas de ataque y termina en más de medio millón de supuestas cuentas automatizadas responsables de 22 millones de publicaciones.
Digamos —con sus respectivos y muy marcados matices— que el Gobierno puede responder a sus críticos e incluso investigar campañas artificiales. Pero cuidado: una cosa es investigar y otra presentar inferencias como hechos… menos aún desde un atril oficial. Es decir, si el Estado va a clasificar periodistas, identificar cientos de miles de bots y afirmar que existe una operación coordinada y “pagada”, tiene la obligación elemental de mostrar cómo lo sabe.
Hay una primera pregunta: ¿quién realizó materialmente el estudio? La Consejería puede brindar apoyo “técnico jurídico” a la titular del Ejecutivo, pero Presidencia cuenta con áreas expresamente encargadas del análisis de medios y comunicación digital. Si fueron éstas quienes elaboraron el estudio y Alcalde sólo lo presentó, la objeción competencial pierde buena parte de su fuerza; si se hizo con recursos de la Consejería, sería razonable saber qué tuvo aquello de “técnico jurídico”.
También interesa saber bajo qué reglas funciona “Derecho de Réplica”. Alcalde dijo que nació por instrucción presidencial, pero hasta ahora no se conoce públicamente un acuerdo, lineamientos o protocolo. Al respecto, en la tesis I.20o.A.82 A (11a.), registro digital 2030226, derivada del amparo en revisión 135/2024 sobre “Quién es quién en las mentiras”, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito sostuvo que mecanismos semejantes deben contar con reglas o criterios claros, previos, objetivos y transparentes, además de observar legalidad, veracidad, objetividad, neutralidad e institucionalidad.
Alcalde afirmó que en 2019 la Suprema Corte reconoció que también las instituciones tienen derecho de réplica. Hasta donde llegó esta investigación, no aparece una resolución de ese año que diga exactamente eso. Pero, paradójicamente, en la tesis 1a. CCLXXXV/2018 (10a.), registro digital 2018621, derivada del amparo en revisión 1012/2016, la extinta Primera Sala sostuvo que la información oficial debe constituir una versión más entre las distintas que surgen sobre un hecho, y que su origen gubernamental no le otorga, por sí mismo, calidad de verdad. El propio precedente distingue, además, la información falsa o inexacta de los juicios de valor. Más aún, precisamente por referirse a asuntos de trascendencia pública, la Corte estableció que “la información oficial exige una verificabilidad reforzada”.
Bueno… pues verifiquemos al verificador.
El estudio partió de 98 cuentas semilla, pero no sabemos cómo fueron elegidas. Si se seleccionaron precisamente por su posición crítica frente al Gobierno, existe un problema de sesgo, pues una parte de la conclusión venía incluida en la pregunta.
Después vienen los saltos. Interacción no significa coordinación, coordinación no significa automatización y automatización no demuestra financiamiento. Usted puede compartir una publicación sin conspirar con quien la escribió; personas reales pueden coordinarse; y, aun acreditando que determinadas cuentas son bots, entre un retuit y una transferencia bancaria hay bastante trecho. Como dirían en Watergate: follow the money.
Y la extraordinariamente precisa cifra de 560 mil 520 bots abre preguntas incómodas. Publicar 150 veces al día puede ser indicio de automatización, pero también puede significar que alguien tiene demasiado tiempo libre, que la cuenta es administrada por un equipo o que utiliza herramientas de programación. ¿Qué algoritmo los identificó?, ¿con qué variables y margen de error?, ¿cómo se geolocalizaron?, ¿qué convirtió una crítica en “ataque”? Sin metodología pública no podemos verificar esas conclusiones.
Que el Estado formule señalamientos de esta naturaleza sobre periodistas, en uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo, exige especial cuidado. La confianza, la autoridad y la investidura no sustituyen a la prueba. Si desde Palacio se exige a medios y periodistas demostrar aquello que publican, no parece excesivo aplicar el mismo estándar a Palacio. La propia Suprema Corte ya advirtió contra otorgar a los servidores públicos la falsa calidad de “poseedores únicos de la verdad”. La información oficial no sólo puede ser controvertida. Por tratar asuntos de trascendencia pública, exige una verificabilidad reforzada.