La escuela frente al celular

El veintidós de septiembre de dos mil veintiséis, en el juicio de Amparo Indirecto 328/2026, el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió el amparo y protección de la justicia federal a efecto de que la Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama “realice las acciones, ajustes y/o configuraciones que resulten necesarias en su perfil registrado bajo el usuario @LeniaBatres en la red social denominada “X”, a efecto de retirar sobre el quejoso la restricción de comentar sus publicaciones en dicha red social”.
Entre los razonamientos establecidos por el juzgado resalta que “al analizar la restricción para realizar comentarios en las publicaciones contenidas en el perfil de la autoridad responsable en la red social denominada X, se concluye que, a través de ella, se vulneran los derechos humanos relativos al acceso a la información y a la libertad de expresión de la parte quejosa.”
No es la primera vez que la Ministra ha sido demandada por dichas restricciones ya que dos ciudadanos promovieron amparos (uno en Ciudad de México y otro en Puebla) a principios del año dos mil veinticuatro; sin embargo, mediante comunicado de la ponencia de la Ministra, se dio a conocer que ninguno fue resuelto en favor de los quejosos.
La medida no es definitiva ya que la Ministra tiene la posibilidad de interponer recurso de revisión en contra de la sentencia o, por el contrario, dé cumplimiento a la sentencia conforme a la configuración de la plataforma de la red social X.