Nada Personal
Durante los meses más oscuros de la pandemia del COVID-1, el personal de salud fue bautizado por el discurso oficial y la sociedad como la “primera línea” de defensa. En un escenario de incertidumbre global, médicos, enfermeros y personal de apoyo asumieron un riesgo mortal, postergando su propia seguridad jurídica y física en favor del derecho a la salud de la población. Sin embargo, a años de distancia de aquella crisis sanitaria, los aplausos institucionalizados se han transformando en un eco lejano.
Hoy en día, el sector salud enfrenta una realidad jurídica y operativamente alarmante: un sistema deficiente, una crisis severa de desabasto de insumos y una persistente evasiva gubernamental que vulnera no solo los derechos laborales de los trabajadores, sino las garantías constitucionales de los pacientes.
Desde una perspectiva estrictamente jurídica, la problemática del personal de salud no se reduce a una demanda salarial; se trata de una vulneración al orden constitucional y a los tratados internacionales.
El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho fundamental a la protección a la salud. Para que este precepto no sea una mera declaración de buenas intenciones, el Estado está obligado a proveer la infraestructura y las herramientas mínimas necesarias para su cumplimiento.
La realidad en las clínicas y hospitales públicos demuestra lo contrario, la falta crónica de insumos básicos -que va desde medicamentos oncológicos y material quirúrgico hasta equipo de protección elemental-, coloca a los profesionales médicos en una atención insostenible.
Al obligar al personal a trabajar en condiciones de precariedad extrema, las instituciones y propiamente el Estado afectan el derecho a condiciones de trabajo digno y seguro (articulo 123 constitucional). Mas grave aún: expone a los médicos a un riesgo latente de responsabilidad civil o en un tipo penal, aun cuando en realidad el daño al paciente deriva directamente de una falla estructural del Estado por falta de recursos y una mala administración de los recursos.
En lugar de presupuestar con base en las necesidades reales del sistema y garantizar los procesos de licitación de insumos, las autoridades suelen escudarse en discursos de austeridad o en culpar a administraciones pasadas. Jurídicamente, la inacción y la falta de asignación respuesta adecuada constituyen una violación al principio de no regresividad de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), el cual establece que: una vez alcanzado un nivel de protección en salud, el Estado no puede desmantelar el sistema ni reducir su calidad.
La consigna del personal de salud es un llamado de auxilio que exige justicia legal y operativa. No puede seguir operando un sistema de salud de primer nivel con un presupuesto de simulación; aquella “primera línea” que arriesgo la vida en la pandemia hoy se encuentra desprotegida por las mismas instituciones.
La solución definitiva requiere abandonar las evasivas políticas y asumir la responsabilidad jurídica: el gobierno debe garantizar por ley un presupuesto intocable y suficiente para insumos, dignificar los contratos laborales del sector y blindar legalmente a los médicos frente a las carencias del propio sistema. Cumplir con el personal de salud no es una concesión política; es una obligación constitucional impostergable.




