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PUEBLA, Pue., 1 de septiembre de 2026.- En Puebla, los vehículos que ofrecen el servicio de transporte escolar deben cumplir una serie de requisitos administrativos, mecánicos y de seguridad antes de obtener el permiso correspondiente, de acuerdo con información proporcionada por la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT).
Entre las principales exigencias se encuentra la revista vehicular aprobada, mediante la cual se revisan las condiciones físico-mecánicas de las unidades. La inspección contempla los sistemas de frenos, dirección, suspensión, llantas y rines, combustible, escape y luces, además de puertas, defensas, piso, asientos, cristales, limpiaparabrisas, espejos y equipo de seguridad y emergencia.
También se verifica el tablero de control y claxon, así como, en su caso, los sistemas de recaudo de tarifa y monitoreo de flota, además del sistema de geolocalización.
Las unidades pueden ser tipo van, minibús, microbús o autobús, siempre que reúnan las condiciones determinadas por la Secretaría para prestar el servicio. Deben contar con puertas de ascenso y descenso, piso antiderrapante, rejillas en las ventanillas, pasamanos, cinturón de seguridad en cada asiento y salidas de emergencia.
Además, los vehículos destinados al transporte escolar deben estar pintados de amarillo tráfico y llevar en las partes frontal y posterior la leyenda “Precaución Transporte Escolar”, en color negro mate.
Para obtener el permiso, el prestador del servicio debe presentar, entre otros documentos, la identificación oficial, comprobante de domicilio, constancia de situación fiscal, constancia de no antecedentes penales, documento que acredite la propiedad del vehículo, tarjeta de circulación vigente y comprobante de no adeudo de infracciones.
En el caso de los conductores, se exige una licencia vigente de transporte mercantil, así como una constancia de no antecedentes penales.
El requisito señalado para acreditar su situación personal es la constancia de no antecedentes penales, además de la licencia correspondiente.
Para autorizar el servicio también se requiere presentar un croquis del itinerario y horarios, así como una carta o constancia de autorización emitida por el director de la escuela y los padres de familia.
Uno de los puntos centrales es la contratación de un seguro de responsabilidad civil, cuya póliza debe estar validada por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) y acompañarse del comprobante de pago anual.
De acuerdo con la información de la SMT, el seguro obligatorio debe contemplar 50 mil UMAs por evento por responsabilidad civil por daños a terceros, así como 5 mil UMAs por evento para gastos médicos del conductor y familiares y 5 mil UMAs por responsabilidad civil a pasajeros.
La cobertura también debe incluir gastos legales e indemnización por pérdida de vida de 5 mil UMAs por cada persona fallecida.
En caso de lesiones a personas usuarias o terceras afectadas, la cobertura deberá cubrir los gastos derivados de asistencia médica, hospitalización y aparatos de prótesis y ortopedia, por un monto de al menos el correspondiente a la indemnización por muerte.
Finalmente, las unidades destinadas a esta modalidad tienen una vida útil de 10 años, conforme al artículo 49 del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla.
De esta manera, antes de que un vehículo pueda prestar formalmente el servicio de transporte escolar, debe acreditar tanto su situación administrativa como sus condiciones mecánicas y de seguridad, además de contar con una póliza que proteja a los menores transportados ante accidentes.




